Divorcio exprés es un término muy popular, aunque no es un procedimiento legal distinto. Nació con la reforma del Código Civil de 2005, que eliminó la obligación de separarse antes y de alegar una causa para divorciarse.
Desde entonces basta con que hayan pasado tres meses desde la boda, plazo que no se exige cuando existe un riesgo para la vida o la integridad física o moral del cónyuge o de los hijos. No se discute quién tuvo la culpa: la voluntad de uno solo de los cónyuges es suficiente.
Qué acelera un divorcio en la práctica. Todo depende de si hay acuerdo. Si ambos presentan un convenio regulador firmado, el juez solo tiene que comprobar que click es correcto y que protege a los hijos. Y si no hay hijos menores de edad, existe incluso la vía notarial, que acorta todavía más los plazos.
Cuando no hay acuerdo, el panorama cambia. El procedimiento pasa por demanda, contestación, vista y sentencia, y la duración depende mucho del juzgado. En los juzgados de familia de Sevilla un contencioso rara vez se resuelve en pocas semanas.
Por qué importa la abogada que lo lleve. Firmar deprisa un convenio incompleto es la forma más habitual de volver al juzgado al poco tiempo. Custodia, visitas, pensión de alimentos, vivienda, pensión compensatoria y reparto de bienes tienen que quedar claros. La experiencia sirve precisamente para anticipar los conflictos y dejarlos resueltos por escrito.
En resumen, el divorcio rápido existe, pero no por un trámite especial, sino porque hay acuerdo y un convenio bien hecho. Lo prudente es asesorarse antes de firmar cualquier documento.